el cazurro ilustrado

06 diciembre 2008

Algunas consideraciones sobre el "castigo".


Vaya por delante que estoy en contra de cualquier tipo de maltrato, incluyendo el maltrato de una “justicia” desproporcionada que usa de remedios con efectos más negativos que aquellos que pretende evitar; así, el Defensor del Menor de Madrid, Arturo Canalda, considera que puede resultar «muy negativo para el menor» la condena impuesta a una mujer de un año de alejamiento de su hijo por haberle dado un bofetón y agarrarle del cuello en una discusión. «Si se tratara de un hecho puntual y como parece incluso accidental, podemos entender excesiva dicha resolución judicial que condena a la madre a 45 días de prisión y a un año de alejamiento del menor», ha explicado Canalda, quien opina que «se deberían ponderar muy bien las consecuencias que para el propio niño pueden tener las sanciones». No obstante, ha señalado que «no justificaría que de forma aislada se pudieran admitir este tipo de actitudes de un padre frente a un hijo, sino que lo que se plantea ante un hecho de estas características es si la decisión adoptada por el juez pudiera suponer para el menor un daño añadido al propio castigo físico infligido por la madre».
Asociaciones como “Save the Children” han puesto en marcha una efectiva campaña en contra de cualquier tipo de castigo físico contra el niño con la que, en términos generales, se puede estar de acuerdo; ahora bien, conviene aclarar a estas asociaciones y a padres y educadores que el castigo, o la estimulación aversiva, EXISTE y que experimentado en las dosis adecuadas, puede ser de suma utilidad, hasta el punto que puede asegurarse que sin castigo, no se produciría una gran parte de progreso humano, tanto individual como colectivo. El mundo que nos rodea está lleno de estímulos aversivos que nos permiten adaptarnos mejor a la realidad y a la supervivencia. El niño que está aprendiendo a andar y se cae, se da un coscorrón o un golpe contra la esquina de la mesa, tras esta experiencia, aprende a coordinar sus movimientos de una cierta manera; gracias a estos castigos el niño va moldeando su caminar; con la ayuda de esta estimulación aversiva eliminará aquellos movimientos que han tenido consecuencias negativas. El mundo físico castiga y a veces lo hace muy duramente pero lo hace puntualmente, delimitado y sin ninguna reactividad conductual. Un enchufe, una llama, un plato de sopa hirviendo son ejemplos de castigo físico; están ahí siempre bajo una disposición semejante, con una notable invariabilidad, fijos, unívocos, castigando siempre de la misma manera, siempre y cuando el contacto con ellos se efectúe de un determinado modo. De igual manera, en la vida social, en las relaciones interpersonales, se produce, con indeterminada frecuencia, estimulación aversiva. La adaptación de los sujetos al mundo social en el que viven requiere saber hacer frente a este tipo de estimulación; esta adaptación sólo se puede conseguir viviendo también experiencias aversivas. Una educación sobreprotectora perjudica al niño en la medida en que le impide hacer frente a situaciones nuevas y conflictivas que, por definición tienen ingredientes negativos. Es recomendable en términos educativos, un progresivo incremento de las exigencias sobre el niño, de las obligaciones que se le impongan, de determinadas restricciones a que sea sometido, a medida que avance en edad, progresiva y gradualmente, sabiendo que cada etapa debe ser una preparación para la siguiente y que exigencias, obligaciones, limitaciones significan, básicamente, estimulación aversiva. Aquellos educadores que impidan al niño estas experiencias, en un afán de conseguir el idealismo de “ paz perpétua” no sólo se están equivocando sino que además están provocando un enorme daño en el desarrollo del niño. Basta por hoy de planteamientos espinosos, pues celebramos el treinta aniversario de la constitución española.

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